Razón Social y Nombre Comercial – ¿Es lo Mismo?
Razón Social
Es la denominación por la cual se conoce a una empresa. Se trata de un nombre legal y oficial, que aparece en la documentación que permitió constituir a la persona jurídica en cuestión.
A instancias del Derecho, la Razón Social viene a ser la característica o rasgo legal que se halla descrito en una escritura pública o en un documento de constitución, según corresponda y a través del cual será posible reconocer a una persona jurídica y asimismo mostrar su constitución legal.
La Razón Social serán tanto el nombre como la firma de una empresa, a partir de su creación es reconocida una empresa, cualquiera sea el tipo de sociedad. Si uno necesita identificar de manera legal, administrativa o fiscal a una empresa será la razón social la que deberá enunciarse.
En nuestro país, cada vez se consume algún producto de cadenas de comida rápida del exterior (Franquicias), un ejemplo es el supermercado METRO quien entrega al cliente el correspondiente ticket/factura. Si lee detenidamente, descubrirá que arriba de todo dice CENCOSUD RETAIL PERU S.A., tal denominación es la Razón Social de METRO en nuestro pais, en tanto que esta empresa considerada METRO, es una denominación comercial, que legalmente no dispone de peso, es decir, se trata de su Marca.
Es recurrente que muchas empresas multinacionales, así como otras pequeñas, ostentan un nombre comercial o Marca por el cual todo el mundo los conoce a nivel mercado y otro menos conocido que es el único que tiene validez a nivel jurídico.
Nombre Comercial
El nombre comercial, viene a ser el signo que servirá para identificar a una persona natural o jurídica en el ejercicio de su actividad económica.
En el país existe un desconocimiento generalizado sobre signos distintivos que buscaremos aclarar en el siguiente post.
Actualmente, resulta impensable no relacionar una marca, nombre comercial o lema comercial con un origen empresarial específico. Por ello, el emprendedor de hoy no puede estar desinformado.
En el caso de los registros de nombres comerciales, los efectos serán puramente declarativos (impuestos), ya que es a partir de la fecha de primer uso, cuando se constituirá el derecho sobre el referido signo.
Finalidad en el mercado.
Los nombres comerciales, tal como lo indica la referida resolución y el artículo 190° de la Decisión 486, sirven para identificar una actividad económica, una empresa o un establecimiento mercantil; es decir, los nombres comerciales no cumplen con la principal función de las marcas(distinguir productos o servicios), solo identifican empresas, actividades comerciales e incluso establecimientos mercantiles específicos.
Los nombres comerciales no necesitan reunir dicho requisito para cumplir adecuadamente su función. Ejemplo: el nombre comercial puede ser ETISA y una marca: Juguin, Tapin, Mermelera, etc.

En la imagen se puede apreciar la razón social y nombre comercial
Prohibiciones
Para los nombres comerciales, es más fácil el camino hacia la inscripción registral, sin embargo, no dejan de someterse a algunas limitaciones establecidas en el artículo 194 de la Decisión 486. Así, tenemos entre otras aquellas que:
a) Consista, total o parcialmente, en un signo contrario a la moral o al orden público
b) Cuando su uso sea susceptible de causar confusión en los medios comerciales o en el público sobre la identidad, la naturaleza, las actividades, el giro comercial o cualquier otro aspecto de la empresa o establecimiento designado con ese nombre; entre otras.
En conclusión:
La Razón Social y el nombre comercial son totalmente diferentes, pero a veces la Razón Social y el nombre comercial puede que sean los mismos. Cuando se llega a crear una empresa, esta debe tener una razón social o nombre, la cual será la que identifique a la empresa junto con el numero de identificación tributaria.